DECISIÓN
PRIMERO: Sin lugar LA ACCIÓN REIVINDICATORIA, intentada por la Empresa Agropecuaria "GUANAPARO C.A.", domiciliada en la ciudad de Caracas, e inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y del Estado Miranda de fecha 03-03-1.975, bajo el N° 12, tomo 40-A, representada por su Presidente, ciudadano: ERNESTO JOSÉ UZCATEGUI SANDOVAL venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 957.412, contra el ciudadano MARTINEZ LEÓN LENNI; venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.693.121, respecto a una parte del inmueble cuya extensión total es de DIEZ MIL OCHENTA Y NUEVE HECTÁREAS (10.089 Has), ubicados en la Jurisdicción de la Parroquia La Unión, Municipio Arismendi del Estado Barinas, cuyos linderos generales son los siguientes: NORTE: Con el Rió La Portuguesa; SUR: El Caño Guanaparo; ESTE: El Caño La Cherna y OESTE: Con la empalizada de las Angosturas.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte a.....