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Decisiones del dia 27/04/2017

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : JA1B-5.560-17 N° Sentencia : Nº87-17 Fecha: 27/04/2017
Procedimiento:
Partición
Partes:
ORLANDO AQUILE BLANCO PEÑA CONTRA BENILDE COROMOTO ROJAS QUINTERO
Resumen:
En el supuesto que al introducir la acción se incumpla con algunos de estos requisitos de procedencia o que de la lectura del escrito no se pueda determinar con claridad cual es el objeto de la pretensión del actor, el legislador agrario, a los fines de evitar perjuicios en el derecho de petición del actor que no define con claridad su pretensión, ha permitido que el Juez Agrario aperciba a la demandante para que proceda a subsanar su petición dentro de un lapso de tres (03) de despachos siguientes a la orden dada por el Tribunal de corregir la omisión, para poder así posteriormente pronunciarse sobre la admisión o inadmisión de la acción. Así se estable. Ahora bien, se observa de autos que en el escrito presentado por el ciudadano ORLANDO AQUILE BLANCO PEÑA, asistido por el abogado Elvis A. Rosales N., se pretende una acción civil de partición, liquidación y adjudicación de bienes de una comunidad conyugal contra la ciudadana BENILDE COROMOTO ROJAS QUINTERO, demanda no sólo incoada e.....
Juez/Ponente:
Leonardo Jimenez Maldonado
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria
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N° Expediente : JA1B-5565-17 N° Sentencia : Nº88-17 Fecha: 27/04/2017
Procedimiento:
Medida Cautelar De Protección Ambiental Y A La Biodiversidad -Sin Juicio-
Partes:
ASOCIACION COOPERATIVA "PIRACIABA 2006 R.I. VS VICTOR GONZALEZ, PABLO COLMENARES Y OTROS
Resumen:
En el supuesto en el que al introducir la acción el actor incumpla con algunos de estos requisitos de procedencia o que de la lectura del escrito no se pueda determinar con claridad cuál es el objeto de su pretensión, el legislador, a los fines de evitar perjuicios en el derecho de petición del actor ha facultado expresamente al Juez Agrario para que aperciba al solicitante a que proceda a subsanar su petición dentro de un lapso de tres (03) días de despachos siguientes a la orden dada por el Tribunal de corregir la omisión, para poder así posteriormente pronunciarse sobre la admisión de la acción y no sea desechada ad limine litis. Así se establece.
Juez/Ponente:
Leonardo Jimenez Maldonado
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria
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