este Tribunal la ADMITE a sustanciación, cuanto lugar en derecho se refiere, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, en consecuencia, se ordena oficiar a la Procuraduría General de la República con domicilio: Av. Los Ilustres, cruce con calle Francisco Lazo Martí, Urbanización Santa Mónica-Caracas. Líbrese oficio con sus recaudos correspondientes, una vez que la parte actora suministre los emolumentos necesarios para la realización de los fotostatos. Diarícese. Cúmplase.