DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el presente decreto en los siguientes términos:
PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud de Medida Autónoma de Protección a la Producción Agroalimentaria.
SEGUNDO: Declara CON LUGAR LA MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCION A LA PRODUCCION AGROALIMENTARIA ejercida sobre el predio denominado "EL PROGRESO", Ubicado en la carretera vía Mata de León, Sector Campo Alegre, Parroquia Ciudad Bolivia del Municipio Pedraza del estado Barinas, constante de una superficie de CUARENTA Y SEIS HECTAREAS CON QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (46 Has con 534 M2), alinderado de la siguiente manera, NORTE: Con terrenos Ocupados por Alberto Garrido, SUR: Con terrenos ocupados por Juan Garrido y María.....