si ambas partes no comparecen, se
termina el proceso mediante sentencia oral. reducida a un
acta que se publicará el mismo día; éste TRIBUNAL SEGUNDO DE
PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN, SUSTANCIACIÓN y EJECUCION"
en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad
de la ley, le resulta forzoso declarar desistida la misma. y así se
decide. Diaricese y cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Jueza Segunda de
Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y de la Secretaria. . En la misma fecha se
libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien suscribe
Leandra Armario Blanco en mi carácter de Secretaria del este Tribunal Segundo de Primera
Instancia de Mediación´ y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que
anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales, cursantes al Expediente MD11-V-
201´-000105, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.