SE ADMITE CUANTO HA lUGAR EN
DERECHO, DESElE ENTRADA y El CURSO DE lEY CORRESPONDIENTE. CONFORME
El ARTíCULO 177 PARAGRAFO SEGUNDO LITERAL "l" REFORMA lOPNNA, por el
procedimiento de jurisdicción voluntaria (Art. 511 al 517 ibidem). Por la naturaleza del asunto
que se presenta se obvia la fase de mediación y sustanciación de la audiencia preliminar y se
procede a dictar la correspondiente resolución. En consecuencia en Nombre de la República y
por Autoridad de la ley conforme el artículo 518 lOPNNA, este TRIBUNAL TERCERO DE
PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y SUSTANCIACION IMPARTE HOMOlOGACION
Al PRESENTE ACUERDO. SE ACUERDA El CESE Y ARCHIVO DE lAS ACTUACIONES.
Expídanse las copias certificadas de ley de la presente homoloqación. Devuélvanse los
originales consignados a auto previa su certificación de autos por la secretaria. Remítanse las
presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un año (01) calendario a
partir de la fecha de dicha sente.....