OÍDA LA EXPOSICIÓN DE LAS PARTES, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 01, CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BARINAS, IMPARTIENDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA; PRIMERO: Se decreta como NO FLAGRANTE la aprehensión del ciudadano LUIS ALBERTO BELANDRIA DIAZ, de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-20.520.879, de 28 años de edad, ocupación u oficio Obrero, residenciado: Barrio Pueblo Nuevo, Casa Azul cerca del Rio, Teléfono No tiene. por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana FRANCELYS COROMOTO PEÑA DAVILA. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violen.....