Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 con Competencia en Materia de Delitos Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano acusado DEIVIS YAMID GIL ORREGO titular de la cedula de identidad N° V-16.960.231, natural de Rubio estado Táchira, fecha de nacimiento 01/07/86, hijo de Rosa Orrego (V) y de Ovidio Gil (V), de ocupación u oficio Profesor residenciado en: Socopo, Sector las Américas, calle 9 con carrera 2 y 3, casa S/N color azul a una cuadra de la escuela Lindolfo Martínez, Teléfono 0424-7707902; por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO Y AMENAZA, previstos y sancionados en los Artículos 39, 40 Y encabezamiento del 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perju.....