Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 con Competencia en Materia de Delitos Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano acusado LODHADID JOSE MENA, titular de la Cedula de Identidad Nº V-5.129.340, de 57 años de edad, de ocupación u oficio agricultor, hijo de María Luisa Mena (F) y de José Ramón Zamudio (V), residenciado en sector la Victoria, calle principal al lado de la Escuela la Tubería, Sabaneta de Barinas, del Estado Barinas, teléfono 0426-9270281; por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el Artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de DAMELIS YAKARIT OSTO OSORIO. De conformidad a lo establecido en el Articulo 46 del Código Orgán.....