Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control, Audiencia y Medidas Nº 01, con competencia en Materia de Delitos Contra la Mujer, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud interpuesta y en consecuencia decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 300, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano JOSE GREGORIO MORILLO, titular de la cedula de identidad Nº V.- 15.073.592, natural del Estado Barinas, de 46 años de edad, residenciado en el barrio coromoto, vereda callejón 1, calle 1, casa Nº 0-22, Barinas Estado Barinas. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese, publíquese y Remítase al archivo Judicial una vez que quede Definitivamente Firme la presente Decisión y conste en auto las boletas de notificación Devueltas.
LA JUEZA DE CONTROL, AUDIENCIA, Y MEDIDAS Nº 01
Abg. Carol Jizze Cabeza Pérez
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