En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas, del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: En cuanto a la admisibilidad de la Acusación presentada por la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público en contra del imputado ANDRI DANIEL VELA VALERO, Venezolano, natural de Sabaneta de Barinas, titular de la cédula de identidad Nº V-18.839.563, ocupación u oficio Agricultor, residenciado en Sector Los Rastrojos, calle principal, a 500mts del Mercal de Edilia Fernández, Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, teléfono 0416-5710295 / 0412-5205072, la misma no se admite, en virtud de no cumplir con los requisitos exigidos en el articulo 308 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: .....