Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal con competencias en en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara la prescripción de la acción penal y en consecuencia decreta el sobreseimiento de la causa, a favor de FREDY JOSE BASTIDAS UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad Nº V-15.670.362, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de NELIZ ZULEIMA VALENCIA DIAZ, titular de la cedula de identidad Nº V-15.461.190; de conformidad con lo señalado en el artículo 300.3, en concordancia, con el artículo 49.8 del Código Orgánico Procesal Penal y 111.7 numeral del Código Orgá.....