Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 con Competencia en Materia de Delitos Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano acusado JOSE HERNAN ALBARRAN ALBARRAN Venezolano, titular de la cédula de identidad V- 16.575.574, de 31 años de edad natural de Mérida fecha de nacimiento 27/02/83 hijo de Lina Albarrán (V) y de Venancio Albarrán (V) de ocupación u oficio OBRERO residenciado en Barrio el Río troncal, cinco teléfono 0426/2766638, Santa Bárbara de Barinas; por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Articulo 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de MARY LEIDA ALBARRAN. De conformidad a lo establecido en el Articulo 46 del Código Orgánico Pr.....