Por todo lo antes expuesto este Tribunal, resuelve lo siguiente: Se decreta con lugar la aprehensión como flagrante en relación al ciudadano: EDWARD CELI SANTOS, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 18.291.794, visto que esta Juzgadora estima que el referido ciudadano fue aprehendido bajo las circunstancias establecidas en el articulo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por la presunta comisión del delito flagrante de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 concatenado con lo previsto en el artículo 259 encabezamiento, en relación con relación al agravante con el artículo 217 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cometido en perjuicio de la adolescente: K.Y.C.L . SEGUNDO: Se acepta la imputación formal realizada en sala por la representación fiscal, de conformidad con la Sentencia emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Ma.....