En consecuencia y por todo lo anteriormente expuesto éste del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de La Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA FORMALMENTE RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADO DE COMPRA VENTA antes mencionado, a los fines de que se surta los efectos legales pertinentes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 1364 del Código Civil Venezolano Vigente, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles.- Se ordena devolver original de la presente solicitud al Solicitante y expedir