D I S P O S I T I V A:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuesto, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar el Aumento de la Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 05 de Octubre de 2.016, por la Ciudadana:¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬ Adriz Marianni Mejias Silva, en la cantidad de Seis Mil Bolívares (Bs.6.000,oo) mensuales, que se ordenan a cancelar de manera personal por el deudor alimentario Ciudadano: José Leonel Alvarado Díaz, a partir del mes de Noviembre del año en curso, en beneficio de su hijo: Adriel Misael Alvarado Mejias, y una Bonificación Especial y Adicional en el mes de Diciembre de cada año por la cantidad de Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 50.000,oo), para cubrir gastos de estrenos de Navidad y Año Nuevo, como complemento de la Obligación de Manutención, cantida.....