En mérito de las consideraciones antes expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sosa y Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la rectificación del acta de nacimiento del padre de solicitante: ANTONIO AMABILE D’ CESARE, Registro Civil del Municipio Sosa, Parroquia Ciudad de Nutrias, del Estado Barinas, bajo el Nº 63, folio 32 (1.916),
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena rectificar y asentar en el acta en cuestión, en lo relativo de que se rectifique el nombre de su padre Primero: aparece asentado el nombre de mi abuelo como Antonio, siento esto correcto, ya que se omite el primer nombre, siendo lo correcto BIAS` ANTONIO; Segundo: El apellido de mi abuelo fue transcrito como de Cesar siendo realmente DE.....