DISPOSITIVA
Por los motivos y razonamientos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sosa y Rojas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Fijación de la Obligación de manutención incoada por la ciudadana: BETTY MARIA DE LA ROSA JULIO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 22.110.667; en beneficio del niño (se omite la identidad de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), en consecuencia se FIJA LA OBLIGACION DE MANUTENCION en la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs.5.000,00) por concepto de Obligación de Manutención, a partir del presente mes de Junio del año 2.016. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE ESTABLECEN DOS (02) BONIFICACIONES ESPECIALES ANUALES, en el mes de AGOSTO Y DICIEMBRE, las cuales deberán ser cumplidas.....