En consecuencia y con fundamento en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia y por autoridad de la ley, declara bastante y suficiente las justificaciones evacuadas para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano: CARLOS ALBERTO SÁNCHEZ SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº.V-9.225.872, inscrito en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el Nº V-9.225.872-9, domiciliado en
el Municipio Pedraza del estado Barinas, consistentes en una casa para habitación familiar construida en paredes de ladrillo, friso liso de una planta, pintada con puertas de hierro al frente, piso de cemento distribuida en cuatro habitaciones, baño privado, sala, cocina, comedor, con su respectivo lavadero, instalaciones de luz, aguas negras y blancas, con perforación, cer.....