Ahora bien, de la revisión del libelo de demanda, se observa que los accionantes, reclaman los costos y costas procesales a ser pagados por el intimado, así como también el cálculo prudencial de los honorarios profesionales; respecto a tal pedimento es preciso señalar que dadas las características que rigen el procedimiento monitorio y los efectos de evitar cobros indebidos, en criterio de este Tribunal, lo que debe estimarse inicialmente, en las demandas de cobro de Bolívares, regidas por el procedimiento intimatorio, son los honorarios profesionales, ya que el cobro de costas, es objeto de otra acción, la cual se haría procedente si al formular la oposición al Decreto Intimatorio, se apertura el procedimiento ordinario y llegase a ser declarada con lugar la presente demanda; en tal supuesto legal, se condenaría en costas a la parte perdidosa, conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
En tal sentido, se evidencia de la revisión del libelo, qu.....