este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara como único y universal heredero de la de-cujus Libia Nery Suárez González, al solicitante ciudadano Richard Reinaldo Burgos Suárez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.985.865. Se dejan a salvo los derechos de terceros...
Sol. Nº 581-15.