...este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara como únicos y universales herederos de la de-cujus Lorelvis Rocio Piñero Jiménez, a los ciudadanos José Francisco Piñero Jiménez y Jesús Daniel Piñero Jiménez, venezolanos, mayores de edad, titular de las cédulas de identidad Nros V-11.190.633 y V-11.190.634, respectivamente, en su condición de hermanos de la causante. Se dejan a salvo los derechos de terceros...
Sol. Nº 585-15.