este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de disolución de constitución de hogar, presentada por los ciudadanos Daniel David Cortés Correa, Mary Elisa Cortés Correa, Juan Carlos Cortés Correa, y Mary Correa, ya identificados.
SEGUNDO: Se AUTORIZA la venta del inmueble suficientemente identificado en el texto de este fallo, al ciudadano Juan Carlos Cortés Correa.
TERCERO: Conforme a lo previsto en la parte final del artículo 640 del Código Civil Venezolano, se ordena remitir en consulta a la Alzada respectiva, la presente decisión.
Exp. Nº 0117-14.