Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: EXTINGUIDA LA INSTANCIA POR HABER OPERADO LA PERENCION en la solicitud de solicitud de homologación de convenimiento de obligación de manutención recibida en fecha 30 de Abril del 2015, incoada por la ciudadana: ROKGLAY DEL C. MOLERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-12.836.864, actuando en su carácter de Defensor de Niños, Niñas y Adolescente de La Defensoría Educativa "Nuevo Amanecer" ubicada en la escuela Bolivariana "Barinitas" Sector Agua Dulce II del Municipio Bolívar del Estado Barinas, registrada ante el Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Bolívar del Estado Barinas, bajo el Nro.005/2012, mediante la cual solicita la Homologación.....