En mérito de las consideraciones antes explanadas, este Juzgado de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: JOSE GREGORIO SOLOZA AREVALO y CARMEN ELENA LEO HURTADO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.546.542 y V-16.156.735, respectivamente, domiciliados en esta población de Santa Bárbara, Municipio Ezequiel Zamora, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio JUAN DE JESUS DELGADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 167.628, y quienes contrajeron Matrimonio Civil por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Páez del estado Apure, en fecha 10 de Febrero de 1.999, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº "07", cursante al folio 02 de las act.....