DISPOSITIVA
En consecuencia, por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente explanadas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño, Niña y del Adolescente y en uso de sus amplias facultades que le confiere los artículos 520 y 677 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN que formulara la ciudadana: GLENDA AMALIA MOLINA ROA, venezolana, soltera, estudiante, titular de la cédula de identidad personal Nº V-19.631.457, domiciliada en la población de Santa Cruz de Guacas, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Barinas; en contra del ciudadano: EDGAR ANTONIO AYALA MARTINEZ, venezolano, m.....