Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, en el presente juicio que por NULIDAD DE ACTAS DE ASAMBLEAS Y CONTRATO DE COMPRA-VENTA fue incoado por el ciudadano ALEJANDRO SABATINI MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.536.719, contra la sociedad mercantil CONCRETOS PREFABRICADOS NORTE, C.A. inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en fecha 28 de noviembre de 2008, bajo el N° 57, tomo 63 A RM1, y en contra de la sociedad mercantil CARBONERA DE NEGOCIOS VENEZOLANOS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con fecha 28 de enero de 2.004, bajo el N° 09, tomo 6-A; declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de acumulación de la prese.....