V
DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE la Acción Mero Declarativa de Concubinato incoada por la ciudadana NATACHA DEL VALLE TABORDA LISBOA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.624.322, en contra de los ciudadanos EDGAR ALEXANDER BASABE GARCÍA, ELIANE MARGARITA BASABE GARCÍA, YUSETH VIRGINIA BASABE BONIA y EDGAR JOSÉ BASABE BONIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos. V-12.426.991, V-12.426.992, V-18.202.612 y V-20.378.222, respectivamente, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley Orgánica de Registro Civil.
PUBLIQUESE. NOTIFIQUESE y REGÍSTRESE, incluso en el sitio.....