PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Jueza Unipersonal Nº 2, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos WILSON GREGORIO MOTA UZCATEGUI Y YURVI COROMOTO CAMARGO MENDOZA, ya identificados.
b) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron por el Jefe Civil y Secretaria, respectivamente, de la Parroquia Altagracia del Municipio Miranda del Estado Zulia, en fecha Veinte (20) del mes de Julio del año mil novecientos noventa y seis (1.996), expedida por la misma.
c) De conformidad con lo establecido en el artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y tomando en consideración lo acordado por las partes, esta sentenciad.....