En consecuencia, este Órgano Jurisdiccional CONCEDE LA AUTORIZACIÓN, de conformidad con lo previsto en el artículo 393 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para que los hermanos ÁNGEL GABRIEL GONZÁLEZ GONZÁLEZ y ANGELICA CAROLINA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, puedan viajar en compañía de la ciudadana ANA MERY DE DOMINGUEZ, en su condición de custodio y responsable de la crianza de la niña y del adolescentes arriba identificados, cuyo destino es hacia El Departamento de Montería Córdoba y Cartagena Bolívar de la República de Colombia, por vía terrestre, en el lapso comprendido desde el día 20/12/2012 hasta el día 10/01/ 2013.
Autorización que se expide a los fines legales consiguientes, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 392 y 160 literal "f" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para ser presentada por ante las autoridades de Inmigración de la República Bolivariana de Venezuela y de la Republica de Colombia, a tal efec.....