III
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: SE CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia dictada en fecha 17 de febrero del 2021 por el Juzgado Cincuenta y Cuatro Civil Municipal de Bogotá D.C,, República de Colombia, la cual ordenó corregir el lugar de nacimiento de los ciudadanos HASSEM NABHA ISSA y RIMA NABHA ISSA, que es Saadnayel, República Libanesa y no como se desprende de los registros civiles de nacimiento a corregir, identificados con Nros. 3425600 y 3425599 respectivamente.