han concluido las horas de Despacho para la presentación de los informes, observándose que ninguna de las partes hizo uso de tal derecho; se deja constancia que a partir de hoy, comenzará a computarse el lapso previsto en el artículo 519 del Código de Procedimiento Civil, para que las partes si así lo deciden presenten OBSERVACIONES ESCRITAS sobre los informes presentados