declara SIN LUGAR la recusación interpuesta por la abogada en ejercicio ciudadana: Adriana Arias Moncada, contra la Abogada Yriana Diaz Peña, Jueza Temporal del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en el juicio de Cobro de Bolívares por Intimación, que es tramitado en el expediente N° 1.905-06, de la nomenclatura de ese Tribunal.
No se impone la multa establecida en el Artículo 98 encabezamiento del Código de Procedimiento Civil por no ser criminosa la presente recusación.