Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto.
Se CONFIRMA la decisión apelada.
Se suspende la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por el tribunal "a quo" en fecha 09-10-2006, y cuya suspensión deberá ser notificada al Registrador Inmobiliario del Municipio Barinas del estado Barinas, una vez que la presente decisión quede definitivamente firme.