Por cuanto el día de hoy 25-06-2014, vence el lapso legal para el pronunciamiento de la sentencia en el presente juicio, y debido a la competencia múltiple y exclusiva de este Tribunal no fue posible dictar la misma; se difiere el pronunciamiento para dentro de los treinta (30) días siguientes al de hoy; de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.