Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto.
Se declara CON LUGAR la solicitud incoada.
En consecuencia se AUTORIZA a la niña: XXXXXXXX, (Se omite el nombre del niño y/o adolescente de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente), a viajar y residenciarse en la República de España, bajo la custodia de su progenitora ciudadana: Alba Marina Ramírez Restrepo.
Esta autorización surtirá efectos legales, una vez la presente sentencia quede definitivamente firme.
Queda REVOCADA la decisión apelada, con la motivación expuesta.
Se ORDENA librar oficio al SISTEMA DE ADMINISTRACION DE IDENTIFICACIÓN Y EXTRANJERÍA (SAIME).