Este tribunal observa que la presente causa se encuentra suspendida de pleno derecho de conformidad con el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, mientras se cita a los herederos conocidos y desconocidos del demandante y se verifique la publicación del Edicto librado a tal fin en esta misma fecha. En consecuencia, se deja constancia que este tribunal se pronunciará sobre dicho poder una vez se reanude el presente juicio.