este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el RECURSO DE NULIDAD conjuntamente con SUSPENSIÓN DE EFECTOS, interpuesto por la Abogada GLORIA ESTHER DÍAZ RIVAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 71.668, actuando con el carácter de Co- Apoderada Judicial del ciudadano JORGE PACHECO QUINTERO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.205.837, en su condición de Propietario del FONDO DE COMERCIO denominado "INDUSTRIAS PETROLIUM", contra la Providencia Administrativa Nº 805-2008, de fecha 12 de septiembre de 2008, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA, en virtud de que la instancia se ha extinguido de pleno derecho por paralización de la causa por más de un año.