este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada por la Abogada Mariebe del Carmen Calderón, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 63.905, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana LENIA TAMARA BARRANCO MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.108.819, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO MÉRIDA.