PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Abogado RAFAEL MITILO VELIZ, apoderado judicial de la parte querellante.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la QUERELLA INTERDICTAL DE DESPOJO intentada por la ciudadana LUZ AMPARO VERA VEGA en contra del ciudadano MARCOS ANTONIO BRITO GARCIA.
TERCERO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se REVOCA la medida de secuestro decretada en fecha 16-04-2001 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, y practicada el 24-04-2001 por el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de esta Circunscripción Judicial; se ordena restituir al querellado en la posesión del inmueble identificado en autos.
CUARTO: Se condena a la parte actora al pago de las costas del juicio, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.