Se declara, INADMISIBLE, por caducidad, la demanda de Querella Funcionarial interpuesta por la ciudadana ELSA BETTY SILVA TIBADUIZA, titular de la cédula de identidad Nro.V-8.146.341, por medio de su apoderado judicial, abogado DENIS TERAN PEÑALOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.278 contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PEDRAZA DEL ESTADO BARINAS.