Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la Demanda de Contenido Patrimonial, interpuesta por el ciudadano DANIEL EDUARDO PEÑA GUZMÁN, titular de la cédula de identidad Nº V-12.991.565, actuando en su carácter de Director Gerente de la Sociedad Mercantil MEDIOX C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Barinas, en fecha 09 de agosto de 2002, anotada bajo el número 74 Tomo 4-A de los Libros de Registro de Comercio respectivos, asistido por el abogado José Ramón España Márquez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el bajo el Nº 51.243, contra el COMPLEJO SOCIALISTA PARA EL DESARROLLO DE LAS ZONAS INDUSTRIALES DEL ESTADO BARINAS SOCIEDAD ANÓNIMA (COSDZIEBA, S.A), inscrito ante el Registro Mercantil Primero del Estado B.....