este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de los Andes, se declara incompetente para conocer del presente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO DE EFECTOS PARTICULARES, interpuesto por laAbogada MARIA VICTORIA VILLASMIL LEON, titular de la cédula de identidad Nº 10.916.493 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 57.313, actuando en representación de las ciudadanas VERONICA GONZÁLEZ DE PARRA y SCHNELLA GIRALDO DE PARRA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.806.255 y 21.429.766, respectivamente, quienes actúan en su condición de madre y cónyuge del ciudadano LIBARDO DE JESUS PARRA GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.900.194, contra la OFICINA DE MIGRACION Y FRONTERAS DE SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, y DECLINA la competencia para conocer del presente recurso, en las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrat.....