PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesto por la SOCIEDAD MERCANTIL CONSORCIO CONCESIONES VIALES DE MERIDA C.A. (CONVIAMECA) en contra de la INSPECTORIA DEL TRABAJO EN EL ESTADO MERIDA.
SEGUNDO: Se anulan las actuaciones administrativas de la Inspectoría del Trabajo en el Estado Mérida contenidas en el expediente Nº S-375 por ser violatorios al derecho a la defensa y al debido proceso consagrado en el artículo 49 y 293 numeral 6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia se ordena reponer la causa y el procedimiento administrativo que cursa ante la mencionada Inspectoría del Trabajo, a los fines de que tome una decisión correcta y adecuada al caso planteado, tomando en consideración la motivación del presente fallo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por tratarse de un ente público.