En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud autónoma de Medida Cautelar Innominada.
SEGUNDO: Se decreta provisionalmente MEDIDA AUTÓNOMA PROVISIONAL CAUTELAR INNOMINADA a la actividad productiva, vegetal y las bienhechurías existentes, así como la protección de los recursos naturales bióticos y abióticos, que se encuentran dentro de los Fundos: Hato Villa Elba, El Rodeo, La Catira, Farias, La Miel, La Esperanza y Blonval, sobre un área de dos mil quinientas setenta y siete hectáreas (2.577 has.) aproximadamente, que forman parte del lote de mayor extensión, denominado Agropecuaria El Rodeo, constante de una extensión de cinco mil doscientas noventa y siete hectáreas con nuev.....