En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer del presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad.
SEGUNDO: Declara INADMISIBLE el Asunto Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por la abogada Gisela Romero de Crespo, actuando en representación del ciudadano Héctor Rafael Crespo Romero, (antes identificados), contra el Acto Administrativo Agrario dictado por el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, de fecha 09 de Febrero de 2.010, Sesión Nº 296-10, en deliberación del punto de cuenta Nº 02, mediante la cual acordó Inicio del Procedimiento Administrativo de declaratoria de tierras ociosas o incultas, inicio de procedimiento de rescate y acuerdo de medida cautelar de asegurami.....