En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO del Asunto Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto conjuntamente con la Medida Cautelar de Suspensión de efectos de la Medida de Aseguramiento de la Tierra, por los ciudadanos ANDRÉS PÉREZ ROMEO y AURORA MARÍA LÓPEZ DE PÉREZ, español y venezolana, respectivamente, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. E-773.313 y V-5.207.783, con domicilio procesal en la Urbanización Alto Barinas, Avenida Universidad, casa N° 29, Barinas, Estado Barinas, asistidos por el abogado en ejercicio Jimmy Edward Dielingen, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.215.148, inscrito en el Inpreabogado N° 33.836, contra el acto administrativo dictado por el director.....