En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la presente recusación.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR la recusación propuesta, por el abogado JORGE CARLOS RODRÍGUEZ BAYONE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.532.782, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 27.316, actuando en su carácter de Apoderado Judicial MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, inscrita en el Registro de Comercio que llevaba el antiguo Juzgado de Comercio del Distrito Federal, el 03 de Abril de 1925, bajo el Nº 123, cuyos estatutos han sido modificados y refundidos en un solo texto, según consta de documento inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado. .....