Conforme a los razonamientos anteriormente expuestos, y dada las facultades que tiene este Juzgador en materia Contencioso Administrativa Agraria, se admite el presente Asunto Contencioso Administrativo de Nulidad Agrario interpuesto conjuntamente con Medida Cautelar de Suspensión de Efectos, contra el acto administrativo emanado por el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, en Sesión Nº ORD 938-18, de fecha 30 de Abril de 2.018, Punto de Cuenta Nº 01, el cual acordó en los particulares segundo y tercero de su decisión Iniciar el Procedimiento de Rescate con Acuerdo de Medida Cautelar de Aseguramiento de la Tierra, sobre los lotes de terreno denominados Hato La Primavera, El Otoño y Baribienes, ubicado en el Sector Sabanas de Guamito, Parroquia Alto Barinas, Municipio Barinas, Estado Barinas, constante de una superficie de Mil Ciento Noventa y Un hectáreas con Seis Mil Quinientos Ochenta y Dos metros cuadrados (1191 has con 6582 m²) y; darle continuidad a los procedimientos de R.....