En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud autónoma de Medida de Protección a la Producción Agropecuaria.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA PROVISIONAL DE PROTECCION A LA PRODUCCIÓN AGROPECUARIA sobre, el predio denominado "LA BRUJITA", el cual está ubicado en el sector Punta Gorda, Municipio Barinas, Estado Barinas, el cual cuenta con una extensión de doscientos treinta y ocho hectáreas con ocho mil setecientos dieciséis metros cuadrados (238 has. 8.716 m²), comprendido dentro de los siguientes linderos particulares Norte: Con carretera local 1 y canal principal de riego del río Santo Domingo en línea recta; Sur: Con terrenos del centro de recría del Ministerio de agricultura.....